A partir del 1 de mayo de 2024, la fecha de elaboración de tus documentos electrónicos (Factura de Venta, Nota Débito y Nota Crédito) deberá ser igual a la fecha de envío a la DIAN. De no ser así, será motivo de rechazo en la validación del documento.
Para definir el manejo de dos impuestos a cargo en la factura de venta, es necesario que realices los siguientes pasos:
1. Configurar el manejo de los dos impuestos cargo
Para ello, te diriges por el ícono del engranaje que corresponde a Configuración, luego seleccionas General – Organización – Perfil de la organización.
Al ingresar, se te habilita la siguiente pantalla, donde es necesario que te dirijas a la sección Datos tributarios y selecciones la casilla “Utilizo dos impuestos cargos en la factura de venta, doc. de ingreso y factura de compra”.
Luego, das clic en el botón (Guardar) para que la información ingresada quede almacenada en el programa y se tengan en cuenta al momento de elaborar la factura de venta.
2. Definir el impuesto dentro de los datos del producto
También puedes definir los impuestos al crear el producto para agilizar tu facturación, esto lo haces ingresando por el botón (+ Crear) – Otros – Producto / Servicio.
Se te habilita la siguiente pantalla, donde puedes seleccionar los dos impuestos cargo, uno en datos básicos y el otro en la información tributaria.
3. Elaborar la factura electrónica de venta
Después podrás elaborar la factura electrónica de venta con el manejo de dos impuestos cargos, accediendo por las siguientes rutas:
a. Te diriges al módulo de: Inicio – Accesos directos – Crea una Factura electrónica.
b. Desde el botón (+ Crear) – Clientes – Factura venta / Ingresos.
c. Vas por la opción de Ventas, luego en Documentos de venta seleccionas Nuevo documento de venta – Factura de venta / Ingresos.
Al ingresar, eliges el tipo de factura e incorporas toda la información que el programa requiere en el encabezado.
Importante: El sistema verificará que el cliente seleccionado cuente con 3 o más dígitos en su identificación, de no ser así se generará el siguiente mensaje y no permitirá guardar el documento, con el fin de dar cumplimiento a la normatividad de la DIAN.
Aquí podrás dar clic sobre el nombre del cliente y ajustar el número de identificación desde la creación rápida.
Al elegir el producto te muestra los dos impuestos que trae automáticamente de la creación del producto:
Si momento de estar elaborando la factura necesitas modificar o seleccionar un impuesto diferente, puedes dar clic en el ícono de la flecha de la casilla impuesto y visualizarás una ventana con los dos impuestos a cargo:
Si realizas algún cambio en los impuestos será necesario que presiones el botón (Guardar) y una vez completes los datos de la Factura de venta, seleccionas la opción (Guardar y enviar) .
Importante: Cuando las facturas electrónicas de venta no estén aprobadas por la DIAN o estén solo guardadas, solo se mostrará el prefijo y consecutivo del documento, el campo Fecha se visualizará como Fecha y hora comprobante, no se mostrará la firma del proveedor tecnológico y aparecerá un mensaje en la parte inferior indicando «Este es un borrador de la factura para fines informativos. No reemplaza la factura de venta ni el documento equivalente».
Al ser aprobada por la DIAN, observaras el documento con el formato asignado en la configuración, junto con las columnas definidas y los códigos electrónicos correspondientes.
Adicional, en la parte superior podrás conocer el estado y en qué proceso se encuentra tu factura electrónica, hasta ser enviada por correo a tu cliente.